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Cumplimiento del CTE

Exigencias para el sector del vidrio y cerramiento

El Código Técnico de la Edificación (CTE) fue aprobado por el real decreto 314/2006 de 17 de marzo que entró en vigor el 28 de marzo del 2006, para todas las obras de nueva construcción que no tuvieran solicitada la licencia de edificación, así como a todas las obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que se realicen en edificios existentes, derogando las antiguas NBE Normas Básicas para la Edificación del año 1979 .El CTE, es el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, y estas exigencias básicas deben cumplirse en el proyecto, en la construcción, en el mantenimiento y la conservación de los edificios y sus instalaciones.

  • Estructura
  • Documentación
  • Obligatoriedad
  • Seguridad incendio
  • Seguridad uso
  • Protección al ruido
  • Ahorro de energía
  • Acciones Edficiación

Estructura

El CTE está dividido en dos partes:

  1. La primera parte contiene las disposiciones generales de aplicación del CTE, y consta de los siguientes artículos:
    • Artículo 1. Objeto.
    • Artículo 2. Ámbito de aplicación.
    • Artículo 3. Contenido del CTE.
    • Artículo 4. Documentos Reconocidos del CTE.
    • Artículo 5. Condiciones generales para el cumplimiento del CTE.
      • 5.1 Generalidades.
      • 5.2 Conformidad con el CTE de los productos, equipos y materiales.
    • Artículo 6. Condiciones del proyecto.
      • 6.1 Generalidades.
      • 6.2 Control del proyecto.
    • Artículo 7. Condiciones en la ejecución de las obras.
      • 7.1 Generalidades.
      • 7.2 Control de recepción en obra de productos, equipos y sistemas.
      • 7.3 Control de ejecución de la obra.
      • 7.4 Control de la obra terminada.
    • Artículo 8. Condiciones del edificio.
      • 8.1 Documentación de la obra ejecutada.
      • 8.2 Uso y conservación del edificio.
    • Artículo 9. Generalidades.
    • Artículo 10. Exigencias básicas de seguridad estructural (SE).
      • 10.1 Exigencia básica SE 1: Resistencia y estabilidad.
      • 10.2 Exigencia básica SE 2: Aptitud al servicio.
    • Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI).
      • 11.1 Exigencia básica SI 1: Propagación interior.
      • 11.2 Exigencia básica SI 2: Propagación exterior.
      • 11.3 Exigencia básica SI 3: Evacuación.
      • 11.4 Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios.
      • 11.5 Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos.
      • 11.6 Exigencia básica SI 6: Resistencia estructural al incendio.
    • Artículo 12. Exigencias básicas de seguridad de utilización (SU).
      • 12.1 Exigencia básica SU 1: Seguridad frente al riesgo de caídas.
      • 12.2 Exigencia básica SU 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento.
      • 12.3 Exigencia básica SU 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento.
      • 12.4 Exigencia básica SU 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada.
      • 12.5 Exigencia básica SU 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación.
      • 12.6 Exigencia básica SU 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento.
      • 12.7 Exigencia básica SU 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento.
      • 12.8 Exigencia básica SU 8: Seguridad frente al riesgo relacionado con la acción del rayo.
    • Artículo 13. Exigencias básicas de salubridad (HS).
      • 13.1 Exigencia básica HS 1: Protección frente a la humedad.
      • 13.2 Exigencia básica HS 2: Recogida y evacuación de residuos.
      • 13.3 Exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior.
      • 13.4 Exigencia básica HS 4: Suministro de agua.
      • 13.5 Exigencia básica HS 5: Evacuación de aguas.
    • Artículo 14. Exigencias básicas de protección frente al ruido (HR).
    • Artículo 15. Exigencias básicas de ahorro de energía(HE).
      • 15.1 Exigencia básica HE 1: Limitación de demanda energética.
      • 15.2 Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas.
      • 15.3 Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
      • 15.4 Exigencia básica HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.
      • 15.5 Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.
  2. La segunda está formada por los denominados Documentos Básicos (DB) para el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE, que consta de los siguientes módulos:
    • DB HE Documento Básico Ahorro de energía
    • DB HS Documento Básico Salubridad
    • DB SE Documento Básico Seguridad estructural
    • DB SE-A Documento Básico Seguridad estructural Acero
    • DB SE-AE Documento Básico Seguridad Estructural Acciones en la edificación
    • DB SE-C Documento Básico Seguridad Estructural Cimientos
    • DB SE-F Documento Básico Seguridad Estructural Fábrica
    • DB SE-M Documento Básico Seguridad Estructural Madera
    • DB SI Documento Básico Seguridad en caso de incendio
    • DB SU Documento Básico Seguridad de utilización

Documentación

El CTE en su artículo 5.2 establece que los productos de construcción que se incorporen con carácter permanente a los edificios, en función de su uso previsto, llevarán el marcado CE, de conformidad con la Directiva 89/106/CEE de productos de construcción, y en su artículo 7.2.1 dice los suministradores entregarán al constructor, quien los facilitará al director de ejecución de la obra, los documentos de identificación del producto exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la dirección facultativa. Esta documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos:

  • a) Los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado.
  • b) El certificado de garantía del fabricante, firmado por persona física
  • c) Los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, incluida la documentación correspondiente al marcado CE de los productos de construcción, cuando sea pertinente, de acuerdo con las disposiciones que sean transposición de las Directivas Europeas que afecten a los productos suministrados.

Además dice en su artículo 8.1.2 se incluirá en el Libro del Edificio la documentación indicada en el artículo 7.2 de los productos equipos y sistemas que se incorporen a la obra.

Cumplimiento obligatorio

También dice en su artículo 9.2 que hay que entender las exigencias básicas como prestaciones de carácter cualitativo que los edificios deben cumplir para alcanzar la calidad que la sociedad demanda. Su especificación y, en su caso, cuantificación establecidas en los Documentos Básicos, determinan la forma y condiciones en las que deben cumplirse las exigencias, mediante la fijación de niveles objetivos o valores límite de la prestación u otros parámetros. Dichos niveles o valores límite serán de obligado cumplimiento cuando así lo establezcan expresamente los Documentos Básicos correspondientes.

Exigencias al sector del vidrio

  • Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (DB-SI) cuyo objetivo consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. El vidrio y sus accesorios esta afectado en los siguientes apartados del DB-SI:

    • 11.1 Exigencia básica SI 1: Propagación interior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio, tanto al mismo edificio como a otros edificios colindantes. Esencialmente se trata de las puertas y mamparas divisorias, por tanto, debe cumplir el conjunto que forme la puerta o mampara divisoria. GLASSCOR proporciona vidrios que cumplen este apartado según , sea la utilización del edificio, como son el FIRESWISS en sus versiones EI60, EI90, EI120 y EI180.
    • 11.2 Exigencia básica SI 2: Propagación exterior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios. GLASSCOR proporciona vidrios que cumplen este apartado según la necesidad del edificio, como es el FIRESWISS EI120 y EI180.
    • 11.3 Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes: el edificio dispondrá de los medios de evacuación adecuados para facilitar que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad. Concretamente la puertas situadas en recorridos de evacuación, serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre o bien no actuará o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación. GLASSCOR proporciona elementos que cumplen este apartado según la necesidad del edificio, como son las CERRADURA ANTIPANICO.
  • Exigencias al sector del vidrio

  • Exigencias básicas de seguridad de utilización y accesibilidad (DB-SUA). El objetivo del requisito básico consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos durante el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. El vidrio y sus accesorios esta afectado en los siguientes apartados del DB-SU:

    • 12.1 Exigencia básica SUA 1: Seguridad frente al riesgo de caídas: se limitará el riesgo de que los usuarios sufran caídas, para lo cual los suelos serán adecuados para favorecer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo, se limitará el riesgo de caídas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitándose la limpieza de los acristalamientos exteriores en condiciones de seguridad.
      • En cuanto a la resbaladicidad de los suelos, estos se clasifican en función de su valor de resistencia al deslizamiento Rd, cuanto mayor es el índice menos resbaladizo es, de forma que se considerarán de Clase 0 si Rd es menor o igual a 15, de clase 1 si está entre 15 y 35, de clase 2 si está entre 35 y 45 y de clase 3, si Rd es mayor a 45. Rd se calcula mediante el ensayo del péndulo descrito en la norma UNE-EN 12633:2003. GLASSCOR proporciona vidrios que cumplen este apartado según la necesidad del edificio, como son el LAMICID ANTIDESLIZANTE.
      • Localización y características del suelo clase
        Zonas interiores secas con pendiente menor a 6% 1
        Zonas interiores con pendientes mayor a 6% y escaleras 2
        Zonas interiores húmedas con pendiente menor al 6% (terrazas, vestuarios, duchas, baños, aseos, cocinas, etc) 2
        Zonas interiores húmedas con pendiente mayor al 6% (terrazas, vestuarios, duchas, baños, aseos, cocinas, etc) 3
        Zonas interiores húmedas con grasas (cocinas industriales, mataderos, aparcamientos,... 3
        Zonas exteriores, piscinas 3
        • En cuanto a las escaleras, el DB-SU recoge las exigencias, en altura deberán ser como mínimo de 900 mm si la diferencia de cota es menor a 6 m y de 1100 mm en el resto de los casos, en cuanto al ancho útil de los tramos que será de 800 mm como mínimo, la altura mínima y máxima de cada tramo, y el ancho mínimo de la huella que será de 220 mm y la altura máxima de la contrahuella que será de 200 mm, así como las medidas de las mesetas y la colocación de los pasamanos. GLASSCOR proporciona vidrios que cumplen este apartado según la necesidad del edificio, como son las BARANDILLAS BALAUSCID.
    • 12.2 Exigencia básica SUA 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento: se limitará el riesgo de que los usuarios puedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o móviles del edificio. GLASSCOR proporciona vidrios que cumplen este apartado según la necesidad del edificio, como son el LAMICID FORCE y SECURCID. En su punto 1.3 Impacto con elementos frágiles, dispone lo siguiente:
      • 1 Las superficies acristaladas situadas en las áreas con riesgo de impacto indicadas en el punto 2 siguiente cumplirán las condiciones que les sean aplicables de entre las siguientes, salvo cuando dispongan de una barrera de protección conforme al apartado 3.2 de SU 1:
        • a) si la diferencia de cota a ambos lados de la superficie acristalada está comprendida entre 0,55 m y 12 m, ésta resistirá sin romper un impacto de nivel 2 según el procedimiento descrito en la norma UNE EN 12600:2003
        • b) Si la diferencia de cota es igual o superior a 12 m, la superficie acristalada resistirá sin romper un impacto de nivel 1 según la norma UNE EN 12600:2003
        • c) en el resto de los casos la superficie acristalada resistirá sin romper un impacto de nivel 3 o tendrá una rotura de forma segura.
      • 2 Se identifican las siguientes áreas con riesgo de impacto (véase figura 1.2):
        • a) en puertas, el área comprendida entre el nivel del suelo, una altura de 1500 mm y una anchura igual a la de la puerta más 300 mm a cada lado de esta;
        • b) en paños fijos, el área comprendida entre el nivel del suelo y una altura de 900 mm.
      • 3 Las partes vidriadas de puertas y de cerramientos de duchas y bañeras estarán constituidas por elementos laminados o templados que resistan sin rotura un impacto de nivel 3, conforme al procedimiento descrito en la norma UNE EN 12600:2003.
  • Exigencias al sector del vidrio

    El sonido puede considerarse como una alteración física que se propaga por un medio, por ejemplo el aire, que puede ser detectada por el oído humano dentro del rango de frecuencias comprendidas entre 20Hz y 20kHz.

    El ruido puede definirse objetivamente, en cuanto que implica el mismo fenómeno físico que constituye un sonido, aunque suele definirse de una manera más subjetiva, considerándose como un sonido molesto o un sonido no deseado. Es decir, el ruido es una apreciación subjetiva del sonido considerándose toda energía acústica susceptible de alterar el bienestar fisiológico o psicológico, interfiriendo y perturbando el desarrollo normal de las actividades cotidianas. Por lo tanto, un mismo sonido puede ser considerado como molesto o agradable, dependiendo de la sensibilidad o actividad que este desarrollando el receptor.

    La contaminación acústica es el exceso de ruido que altera las condiciones normales del medio ambiente en una determinada zona. Se trata de un problema que afecta a la sociedad en general, provocado como consecuencia directa y no deseada de las actividades humanas (tráfico, actividades industriales, de ocio, etc.) y que tiene efectos negativos tanto en la salud de las personas como a nivel social y económico.

    ruido aéreo ruido por impacto Transmisión del ruido
    ruido aéreo ruido por impacto Vías de transmisión del sonido entre dos recintos.

    Aislamiento acústico es el conjunto de procedimientos empleados para reducir o evitar la transmisión de ruidos (tanto aéreos como estructurales) de un recinto a otro o desde el exterior hacia el interior de un recinto o viceversa, con el fin de obtener una calidad acústica determinada. Cuando se habla de aislamiento siempre se tiene en consideración a dos recintos diferentes, es decir, se considera el sonido que se genera en un recinto, que se transmite y es percibido en otro recinto. El aislamiento acústico exigido en el DB HR es el aislamiento final en la edificación o aislamiento acústico in situ. El aislamiento acústico a ruido aéreo entre recintos está definido en el DB HR como la diferencia de niveles estandarizada ponderada A, DnT,A, que es un índice que evalúa el aislamiento a ruido aéreo entre recintos y no únicamente el aislamiento del ruido aéreo de los elementos constructivos que se interponen entre ellos RA (dBA). Lo mismo sucede con el aislamiento a ruido aéreo entre un recinto y exterior o fachadas, que es un índice que evalúa el aislamiento a ruido aéreo entre un recinto y el exterior, D'2M,Nt,a,tr, que evalúa el aislamiento a ruido aéreo entre un recinto y el exterior y no únicamente el de los elementos constructivos de la fachada RA,tr (dB). Para conseguir un determinado valor de aislamiento acústico entre recintos no es suficiente que los elementos de separación entre los mismos tengan un valor de aislamiento acústico en laboratorio igual a dicho valor, sino que tiene que ser necesariamente superior. También debe destacarse, que el aislamiento acústico entre recintos depende del conjunto, y no sólo del elemento de separación entre ambos, por lo que en algunas ocasiones, cuando existan flancos de menor aislamiento, la mejora del elemento de separación puede no suponer una mejora sensible del aislamiento, si no se elimina o mejora la vía de transmisión indirecta que está penalizando el aislamiento acústico. La respuesta de los elementos constructivos frente al sonido varía en función de la frecuencia, es decir, en una medida de aislamiento acústico, se obtienen diferentes valores de aislamiento para cada una de las frecuencias de tercio de octava. Desde el punto de vista del DB HR, sólo se utilizan valores globales de aislamiento, es decir, un valor ponderado que resume la información obtenida en un ensayo, tanto si es un ensayo in situ, como si se realiza en laboratorio. Para aislamiento a ruido aéreo entre recintos se utiliza la ponderación A, que tiene en cuenta la sensibilidad del oído humano, dando mayor relevancia a las altas y medias frecuencias, que a las bajas frecuencias. Para aislamiento a ruido aéreo de fachadas o de recintos frente al ruido exterior, se utilizan las curvas de referencia de ruido de tráfico, ya que en la mayoría de los casos va a ser el ruido dominante en el exterior.

    El aislamiento acústico es la cantidad de energía sonora que se atenúa al propagarse del recinto emisor al recinto receptor. Cuando hablamos del aislamiento acústico de un elemento constructivo, nos referiremos a la cantidad de ruido que es capaz de eliminar. De la energía acústica incidente en una partición:
    - Una parte es reflejada por la superficie;
    - Una parte es absorbida por la superficie;
    - El resto se transmite.

    Se denominan elementos constructivos mixtos a aquellos que están formados por partes diferentes, cada una con valores de aislamiento acústico diferentes, como por ejemplo, las fachadas, un tabique con una puerta, una cubierta con un lucernario, etc. De entre todos los elementos que pueden considerarse mixtos, el más representativo es la fachada, ya que las ventanas suelen ser los elementos de menor aislamiento acústico o más débiles y suelen limitar el aislamiento acústico frente al ruido exterior del conjunto. En estos casos, el aislamiento acústico máximo del conjunto (ventana + parte ciega) que puede obtenerse es aproximadamente 10 dB superior al aislamiento del elemento más débil (normalmente la ventana o la caja de persiana). Por ello, para mejorar el aislamiento acústico de fachadas, el esfuerzo hay que centrarlo en mejorar el aislamiento acústico de la ventana, empleando ventanas de mejor calidad.

    Se puede apreciar cómo para porcentajes de huecos habituales en edificación residencial del 30 – 40 %, el aislamiento final que se puede obtener será como máximo entre 4 y 5 dB mayor que el valor de aislamiento de la ventana. Con porcentajes de huecos superiores, del 60% que son frecuentes en estancias muy acristaladas, el aislamiento acústico del conjunto es prácticamente el aislamiento acústico de la ventana.

     

    Acondicionamiento acústico implica a un único recinto, es decir, el sonido es generado y percibido en el mismo recinto. Por acondicionamiento acústico se entiende una serie de medidas que se toman para conseguir en un recinto unas condiciones acústicas y un ambiente sonoro interior, determinados conforme al uso que se le va a dar al recinto. La expresión acondicionamiento acústico suele estar asociada a recintos como auditorios o teatros, que tienen una acústica excepcional. Sin embargo, con cierta frecuencia existen recintos de uso cotidiano donde las condiciones acústicas no son las adecuadas. Así por ejemplo, las aulas son a menudo lugares donde es casi imposible seguir una clase o existen restaurantes y comedores demasiado ruidosos donde es difícil entablar una conversación. Esto se debe a que estos establecimientos suelen tener todas sus superficies reflectantes acústicamente y al ser de un tamaño considerable y contar con muy poca absorción, el sonido permanece más tiempo en el ambiente, incrementándose paulatinamente los niveles de ruido de fondo. Este concepto no es un requerimiento exigible al vidrio.

  • Exigencias básicas de protección frente al ruido (DB-HR). El objetivo de este requisito básico consiste en limitar dentro de los edificios, y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. GLASSCOR proporciona vidrios que cumplen este apartado según la necesidad del edificio, como son el ACUSTICID y el doble acristalamiento CLIMAGLAS GALAXY II.

    Este documento básico fue aprobado mediante REAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre. Las exigencias de aislamiento del DB HR se aplican a:

    - Edificios de uso residencial: Público y privado.
    - De uso sanitario: Hospitalario y centros de asistencia ambulatoria.
    - De uso docente.
    - Administrativos.

    Existen otros tipos de edificios, como los de pública concurrencia, uso comercial, edificios de aparcamiento…etc., y los recintos ruidosos en los que el DB HR no regula el aislamiento acústico.

    Las exigencias de aislamiento acústico a ruido exterior se fijan en el DB HR en función del nivel de ruido de la zona donde se ubica el edificio, es decir, en función del índice de ruido día, Ld , que es el índice de ruido asociado a la molestia durante el periodo día y definido como el nivel sonoro medio a largo plazo, ponderado A, determinado a lo largo de todos los periodos día de un año. Se expresa en dBA.

    El valor del índice de ruido día, Ld, puede obtenerse mediante consulta en las administraciones competentes, que son las que han elaborado los mapas estratégicos de ruido de cada ciudad de España, como el del gráfico siguiente perteneciente a la ciudad de Murcia:

    mapa acústico de Murcia

    En el caso de que no se dispusiera de datos oficiales del valor del índice de ruido día, Ld, se aplicarán los siguientes valores:

    a) Ld = 60 dBA, para el tipo de área acústica relativo a sectores con predominio de uso residencial.
    b) En el resto de áreas acústicas, se adoptará como el Ld el establecido como objetivo de calidad en el RD 1367/2007 para cada tipo de área acústica, según establece la tabla siguiente:

    Tipo de área acústica Índice de ruido día, Ld
    E Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente, cultural, que requiera una especial protección contra la contaminación acústica 60
    C Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos 73
    D Sectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en C 70
    B Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial 75
    F Sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que los reclamen -

    Además de la información de Ld, Para aplicar el DB HR, es necesario saber si en la zona donde se ubica el edificio el ruido exterior dominante es de aeronaves.

    Tipos de recintos

    Una vez calculado el índice de ruido día, deberemos distinguir el tipo de recinto de cada zona del edificio que, según el DB HR, los recintos de los edificios se clasifican en recintos habitables, protegidos y no habitables. Son recintos no habitables aquellos no destinados al uso permanente de personas o cuya ocupación, por ser ocasional o excepcional y por ser bajo el tiempo de estancia, sólo exige unas condiciones de salubridad adecuadas. No se establecen condiciones acústicas específicas en los recintos no habitables. Son no habitables los trasteros, las cámaras técnicas y desvanes no acondicionados, y sus zonas comunes.

    El resto de recintos de un edificio, son recintos habitables y dentro de los mismos, reciben la consideración de recintos protegidos aquellos que desde el punto de vista del aislamiento acústico deben tener mejores condiciones y son:

    a) habitaciones y estancias (dormitorios, comedores, bibliotecas, salones, etc.) en edificios residenciales;
    b) aulas, salas de conferencias, bibliotecas, despachos, en edificios de uso docente;
    c) quirófanos, habitaciones, salas de espera, en edificios de uso sanitario;
    d) oficinas, despachos; salas de reunión, en edificios de uso administrativo.

    Por exclusión, el resto de recintos habitables de un edificio, como por ejemplo, cocinas, baños, pasillos, escaleras, etc., son recintos habitables.

    Recinto de instalaciones. Es el recinto que contiene equipos de instalaciones colectivas del edificio. Por ejemplo: Las salas de
    calderas, del grupo electrógeno, el cuarto del grupo de presión, el cuarto de máquinas de un ascensor, cuarto de ventiladores de extracción de garajes, etc.

    zonificación de un edificio

    Dentro de los edificios de uso residencial (público y privado), hospitalario o administrativo, se consideran recintos de actividad aquellos recintos en los que se realiza una actividad distinta a la realizada en el resto de recintos del edificio en el que se encuentra integrado, siempre que el nivel medio de presión sonora estandarizado, ponderado A, del recinto sea mayor que 70 dBA. Por ejemplo, actividad comercial, de pública concurrencia, etc. En el DB HR se ha establecido que los recintos de actividad son aquellos en los que el nivel medio de presión sonora estandarizado, ponderado A, es mayor que 70 dBA y no mayor de 80 dBA, ya que a partir de este valor se consideraría al recinto como ruidoso.

    Según el DB HR, una unidad de uso es una parte de un edificio que se destina a un uso específico, y cuyos usuarios están vinculados entre sí, bien por pertenecer a una misma unidad familiar, empresa, corporación, bien por formar parte de un grupo o colectivo que realiza la misma actividad, como sería una vivienda particular o una habitación en un hotel u hospital. Una unidad de uso puede tener sólo recintos habitables o protegidos. Los pasillos están considerados como recintos habitables. Los recintos no habitables, los recintos de instalaciones o de actividad no se consideran una unidad de uso, ni pertenecen a ninguna unidad de uso

    La siguiente tabla se aplicará al aislamiento acústico entre recintos del mismo edificio:

  •  

    Las exigencias de aislamiento acústico frente al ruido del exterior afectan a los cerramientos en contacto con el exterior, es decir, a las fachadas, cubiertas y a los suelos en contacto con el exterior. No a las medianerías. Éstas exigencias sólo se aplican a los recintos protegidos del edificio, sean o no pertenecientes a una unidad de uso de edificios de uso residencial, hospitalario, sanitario, cultural, docente y administrativo. Las exigencias de aislamiento acústico entre un recinto y el exterior no se aplican en el caso de recintos habitables estén o no dentro de una unidad de uso. La siguiente tabla se aplica al aislamiento acústico entre el exterior y los recintos protegidos del edificio:

    Cuando en la zona donde se ubica el edificio el ruido exterior dominante es de aeronaves el valor de aislamiento acústico a ruido aéreo, D2m,nT,Atr, obtenido se incrementa en 4 dBA.

    Zonificación de edifición. Aislamiento con el exterior

     

    El DB HR contiene dos opciones para el cálculo del aislamiento acústico, una de ellas es la opción simplificada, que contiene tablas con soluciones que dan conformidad a las exigencias de aislamiento acústico a ruido aéreo y de impactos. La tabla 3.4 del DB HR contiene los valores mínimos del índice global de reducción acústica para ruido de tráfico, RA,tr, que deben cumplir los huecos y la parte ciega de la fachada, la cubierta o el suelo en contacto con el aire exterior. En la tabla, para cada nivel de D2m,nT,Atr exigido hay dos casillas para que indican el valor mínimo de RA,tr de la parte ciega:
    - La primera casilla "Parte ciega 100%", que se utiliza para fachadas, cubiertas y suelos en contacto con el aire exterior ciegos, es decir, sin huecos.
    - La segunda casilla "Parte ≠ ciega 100%", que da tres opciones de valores de RA,tr que debe cumplir la parte ciega cuando la fachada tiene huecos.
    Por hueco, se considera la ventana o lucernario, incluidos la caja de persiana y el aireador si estuvieran integrados en la misma. El valor de RA,tr que deben cumplir los huecos varía en función del porcentaje de huecos expresado como la relación entre la superficie de huecos y la superficie total de la fachada vista desde el interior de cada recinto protegido.

    Exigencias al sector del vidrio

  • Exigencias básicas de ahorro de energía (DB-HE). El objetivo de este requisito consiste en conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo a límites sostenibles su consumo y conseguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de energía renovable, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. El vidrio y sus accesorios esta afectado en los siguientes apartados del DB-HE:

    • 15.1 Exigencia básica HE 1: Limitación de demanda energética: los edificios dispondrán de una envolvente de características tales que limite adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad, del uso del edificio y del régimen de verano y de invierno, así como por sus características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar, reduciendo el riesgo de aparición de humedades de condensación superficiales e intersticiales que puedan perjudicar sus características y tratando adecuadamente los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos. GLASSCOR proporciona vidrios que cumplen este apartado según la necesidad del edificio, como son el CLIMAGLAS TOP y el CLIMAGLAS GALAXY.
    • La demanda energética de los edificios se limita en función del clima de la localidad en la que se ubican, según la zonificación climática establecida y de la carga interna en sus espacios.

      La envolvente térmica del edificio, está compuesta por todos los cerramientos que limitan espacios habitables con el ambiente exterior (aire o terreno u otro edificio) y por todas las particiones interiores que limitan los espacios habitables con los espacios no habitables que a su vez estén en contacto con el ambiente exterior. La envolvente térmica depende, entre otros, de la transmitancia térmica de huecos UH, del factor solar modificado de los huecos FH y del factor solar modificado de los lucernarios FL

      Para evitar descompensaciones entre la calidad térmica de diferentes espacios, cada uno de los cerramientos y particiones interiores de la envolvente térmica tendrán una transmitancia no superior a los valores indicados en la tabla siguiente en función de la zona climática en la que se ubique el edificio. U EN W/m2 K

      Cerramientos y particiones interiores ZONAS A ZONAS B ZONAS C ZONAS D ZONAS E
      Vidrios y marcos 5,70 5,70 4,40 3,50 ,310

      Estos valores quedan corregidos a menos en función del % de huecos que tenga el edificio y de su orientación y de la zona climática que corresponda. Los huecos son cualquier elemento semitransparente de la envolvente del edificio. Comprende las ventanas y puertas acristaladas.

      Para la limitación de la demanda energética se establecen 12 zonas climáticas identificadas mediante una letra, correspondiente a la división de invierno, y un número, correspondiente a la división de verano. La zona climática de cualquier localidad en la que se ubiquen los edificios se obtiene de la tabla de zonas climáticas en función de la diferencia de altura que exista entre dicha localidad y la altura de referencia de la capital de su provincia. Si la diferencia de altura fuese menor de 200 m o la localidad se encontrase a una altura inferior que la de referencia, se tomará, para dicha localidad, la misma zona climática que la que corresponde a la capital de provincia.

      Los espacios interiores de los edificios se clasifican en espacios habitables y espacios no habitables. A efectos de cálculo de la demanda energética, los espacios habitables se clasifican en función de la cantidad de calor disipada en su interior, debido a la actividad realizada y al periodo de utilización de cada espacio, en las siguientes categorías:
      a) espacios con baja carga interna: espacios en los que se disipa poco calor. Son los espacios destinados principalmente a residir en ellos, con carácter eventual o permanente.
      b) espacios con alta carga interna: espacios en los que se genera gran cantidad de calor por causa de su ocupación, iluminación o equipos existentes.

      La demanda energética será inferior a la correspondiente a un edificio en el que los parámetros característicos de los cerramientos y particiones interiores que componen su envolvente térmica, sean los valores límites establecidos en las tablas de valores máximos de factores energéticos por zona climática.

       

  • Exigencias al sector del vidrio

  • Exigencias básicas de seguridad estructural Acciones en la edificación (DB-SE-AE) El objetivo del requisito básico consiste en asegurar que el edificio tiene un comportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción y uso previsto. El vidrio y sus accesorios esta afectado en el punto 3. Acciones variables, y en los siguientes sub-apartados del DB-SE-AE:

    • 3.1 Sobrecarga de uso.

      Es el peso de todo lo que puede gravitar sobre le edificio por razón de su uso. Se distingue entre carga uniforme (efectos derivados del uso normal, personas, mobiliario, enseres, así como, las derivadas de la utilización poco habitual, como acumulación de personas,...) y carga concentrada actuando en cualquier punto de la zona. GLASSCOR proporciona vidrios que cumplen este apartado según la necesidad del edificio, como son el LAMICID PISABLE ANTIDESLIZANTE.
    • Categoría de uso Subcategoría de uso Carga uniforme KN/m2 Carga concentrada KN
      A Zonas residenciales A1 Viviendas y zonas de habitaciones en hospitales y hoteles 2 2
      A2 Trasteros 3 2
      B Zonas administrativas y de oficinas 2 2
      C Zonas de acceso al público C1 Zonas con mesas y sillas: colegios, cafés, restaurantes ... 3 4
      C2 Zonas con asientos fijos: iglesias, teatros, cines, salones actos, salas de espera,... 4 4
      C3 Zonas sin obstáculos que impidan el libre movimiento de personas como vestíbulos de edificios públicos, administrativos, hoteles; salas de exposición de museos, etc 5 4
      C4 zonas destinadas a gimnasio u actividades físicas 5 7
      C5 Zonas de aglomeración (salas de conciertos, estadios, etc.) 5 4
      D Zonas comerciales D1 Locales comerciales 5 4
      D2 Supermercados, hipermercados o grandes superficies 5 7
      E Zonas de tráfico y de aparcamiento para vehículos ligeros (peso total < 30 kN) 2 20
      F Cubiertas transitables accesibles solo privadamente 1 2
      G Cubiertas accesibles únicamente para conservación G1 Cubiertas con inclinación inferior a 20º 1 2
      Cubiertas ligeras sobre correas (sin forjado) 0,4 1
      G2 Cubiertas con inclinación superior a 40º 0 2

    • 3.2 Acciones sobre barandillas y elementos divisorios.

      La estructura propia de las barandillas, petos, antepechos, o quitamiedos de terrazas, miradores, balcones o escaleras deben resistir una fuerza horizontal, uniformemente distribuida, según la siguiente tabla. La fuerza se considerará aplicada a 1,2 m o sobre el borde superior del elemento, si éste está situado a menos altura. GLASSCOR proporciona vidrios que cumplen este apartado según la necesidad del edificio, como son las BARANDILLAS BALAUSCID
      Categoría de uso Subcategoría de uso Fuerza horizontal kN/m
      A Zonas residenciales A1 Viviendas y zonas de habitaciones en hospitales y hoteles 0,8
      A2 Trasteros 0,8
      B Zonas administrativas y de oficinas 0,8
      C Zonas de acceso al público C1 Zonas con mesas y sillas: colegios, cafés, restaurantes ... 0,8
      C2 Zonas con asientos fijos: iglesias, teatros, cines, salones actos, salas de espera,... 0,8
      C3 Zonas sin obstáculos que impidan el libre movimiento de personas como vestíbulos de edificios públicos, administrativos, hoteles; salas de exposición de museos, etc 1,6
      C4 zonas destinadas a gimnasio u actividades físicas 1,6
      C5 Zonas de aglomeración (salas de conciertos, estadios, etc.) 3,0
      D Zonas comerciales D1 Locales comerciales 0,8
      D2 Supermercados, hipermercados o grandes superficies 0,8
      E Zonas de tráfico y de aparcamiento para vehículos ligeros (peso total < 30 kN) 1,6
      F Cubiertas transitables accesibles solo privadamente 1,6
      Los elementos divisorios, tales como tabiques, deben soportar una fuerza horizontal mitad a la definida en los párrafos anteriores, según el uso a cada lado del mismo.

    • 3.3 Viento.

      La acción del viento puede expresarse como la multiplicación de la presión dinámica del viento (0,5 KN/m2) por el coeficiente de exposición, variable con la altura del punto considerado, en función del grado de aspereza del entorno donde se encuentra ubicada la construcción, y por el coeficiente eólico o de presión, dependiente de la forma y orientación de la superficie respecto al viento, y en su caso, de la situación del punto respecto a los borde de esa superficie, es decir: qe = qb — ce — cp
      qb= la presión dinámica del viento . El valor básico de la velocidad del viento en cada localidad puede obtenerse del mapa de la figura. El de la presión dinámica es, respectivamente de 0,42 kN/m2, 0,45 kN/m2 y 0,52 kN/m2 para las zonas A, B y C de dicho mapa. Mapa zonas eólicas
      ce= el coeficiente de exposición, variable con la altura del punto considerado, en función del grado de aspereza del entorno donde se encuentra ubicada la construcción. Para alturas sobre el terreno, z, no mayores de 200 m, puede determinarse con la expresión:
      ce = F · (F + 7 k)
      F = k ln (max (z,Z) / L)
      siendo k, L, Z parámetros característicos de cada tipo de entorno, según la tabla adjunta
      Grado de aspereza del entorno k L (m) Z (m)
      I Borde del mar o de un lago, con una superficie de agua en la dirección del viento de al menos 5 km de longitud 0,156 0,003 1,0
      II Terreno rural llano sin obstáculos ni arbolado de importancia 0,17 0,01 1,0
      III I Zona rural accidentada o llana con algunos obstáculos aislados, como árboles o construcciones pequeñas 0,19 0,05 2,0
      IV Zona urbana en general, industrial o forestal 0,22 0,3 5,0
      V Centro de negocios de grandes ciudades, con profusión de edificios en altura 0,24 1,0 10,0
      cp= el coeficiente eólico o de presión , dependiente de la forma y orientación de la superficie respecto al viento, y en su caso, de la situación del punto respecto a los bordes de esa superficie; un valor negativo indica succión. Existen tablas para cada tipología de fachada o cubierta, la tabla adjunta es para la fachada vertical.

    • 3.5 Nieve.

      La distribución y la intensidad de la carga de nieve sobre un edificio, o en particular sobre una cubierta, depende del clima del lugar, del tipo de precipitación, del relieve del entorno, de la forma del edificio o de la cubierta, de los efectos del viento, y de los intercambios térmicos en los paramentos exteriores Para determinación de la carga de nieve, tendremos en cuenta:
      • En cubiertas planas de edificios de pisos situados en localidades de altitud inferior a 1.000 m, es suficiente considerar una carga de nieve de 1,0 kN/m2.
      • En otros casos o en estructuras ligeras, sensiblesa carga vertical, como valor de carga de nieve por unidad de superficie en proyección horizontal, qn, puede tomarse: q n = u * Sk siendo: u= coeficiente de forma de la cubierta según y sk = el valor característico de la carga de nieve sobre un terreno horizontal
      • Carga de nieve sobre un terreno horizontal Como valor de carga de nieve en un terreno horizontal, sk, puede tomarse de la tabla E.2 función de la altitud del emplazamiento o término municipal, y de la zona climática del mapa
        zonas climáticas de invierno

        Coeficiente de forma: El viento puede acompañar o seguir a las nevadas, lo que origina un depósito irregular de la nieve sobre las cubiertas. Por ello, el espesor de la capa de nieve puede ser diferente en cada faldón.

        1. En un faldón limitado inferiormente por cornisas o limatesas, y en el que no hay impedimento al deslizamiento de la nieve, el factor de forma tiene el valor de 1 para cubiertas con inclinación menor o igual que 30º y 0 para cubiertas con inclinación de mayor o igual que 60º (para valores intermedios se interpolará linealmente). Si hay impedimento, se tomará u = 1 sea cual sea la inclinación.

        2. En un faldón que limita inferiormente con una limahoya, lo que supone un impedimento al deslizamiento de la nieve, se distinguen dos casos:
        a) si el faldón sucesivo está inclinado en el mismo sentido, como factor de forma del de encima se tomará el correspondiente a la inclinación del de debajo.
        b) si está inclinado en sentido contrario, y la semisuma de las inclinaciones, B, es mayor de 30º, el factor de forma de ambos será de 2,0; en otro caso será u = 1 + B/30º